domingo, 7 de mayo de 2017

Sentencia T-434/11



Fuente: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2011/T-434-11.htm

Noticias sobre sindicatos en Colombia

El país  sindicato policial acusa a Interior de favorecer en los presupuestos a la Guardia Civil

El Sindicato Unificado de la Policía (SUP), el mayoritario entre los agentes, ha elaborado un detallado informe sobre la partida de los Presupuestos Generales del Estado destinada al Ministerio del Interior en el que critica la supuesta discriminación que refleja en favor de la Guardia Civil. 


SEMANA: 

La lucha de Armitage contra los sindicatos de Emcali

Norman Maurice Armitage, alcalde de Cali, llegó a ese cargo convertido en un verdadero fenómeno político, no solo por ganarle a un peso pesado, el exvicepresidente Angelino Garzón, sino porque buena parte de su atractivo consistía en que las masas de votantes caleños lo veían como un hombre adinerado, empresario justo y de gran corazón.
Se ganó esa fama de ‘rico bonachón’ por dos razones: una, porque cuando estuvo secuestrado no solo le pagó el abogado al agregado de una de sus fincas implicado en el delito, sino porque durante ese tiempo le sostuvo a la familia. Y la otra porque en la Siderúrgica de Occidente (Sidoc) la fábrica insignia de su conglomerado empresarial, desde hace varios años tiene por costumbre repartir entre sus empleados un porcentaje de las utilidades. 

Noticias Laborales

OIT:"encima" de política sindical de Colombia

Colombia se libró del regaño mayor de la Organización Internacional del Trabajo, pero eso no quiere decir que el organismo internacional seguirá muy de cerca la evolución laboral del país, en materia de respeto a los derechos humanos de los trabajadores. Mas información en.

http://www.elempleo.com/colombia/noticias_laborales/oitencima-de-politica-sindical-de-colombia--------/6585262


BBC mundo

Colombia: el país más peligroso para ser sindicalista

A la entrada de la oficina local de la Unión Sindical Obrera de Barrancabermeja, la ciudad a orillas del río Magdalena que muchos consideran la cuna del sindicalismo colombiano, tres modestas lápidas cuentan parte de una dolorosa historia.
Ahí, a pocos metros de la refinería de petróleo más grande de Colombia, reposan los restos de dos de los casi 3.000 sindicalistas asesinados en el país desde 1977 hasta la fecha, junto a los de un compañero muerto cuando aún no se empezaba a llevar la cuenta.

Mas información en: http://www.bbc.com/mundo/noticias/2013/05/130430_colombia_sindicalismo_peligros_aw

Informe Coyuntural Laboral Sindical 2017




Logros más importantes de los sindicatos en Colombia

Los sindicatos Colombianos han alcanzado logros importantes en materia laboral, los siguientes son logros de los sindicatos:

  • La libertad Sindical, la negociación colectiva y el derecho de asociación.
  • Creación de identidades como el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
  • Creación del instituto Colombiano de Bienestar Familiar(ICBF)
  • Las cajas de compensación familiar
  • Institutos de Seguros Sociales
  • Establecimiento del salario mínimo legal
  • Primas extralegales 
  • Vacaciones remuneradas 
  • Pago de horas extras y dominicales 
  • Inclusión de medicina
  • Seguridad social
  • Pensiones de jubilación de forma directa e indirecta en las empresas
  • Representación del movimiento campesino y comunidades negras
  • Instauración del estatuto docente del Magisterio



sábado, 6 de mayo de 2017

Infografía resumen Desarrollo sindical


  


¿En qué consiste le ley 100 de 1993?



Sentencias fuero sindical en Colombia

Sentencia T-220/12

En resumidas cuentas tres trabajadores pertenecientes al “Sindicato de Empleados Públicos del Municipio de Palmira, sus Entidades descentralizadas (IMDER y Hospitales San Vicente de Paul y Raúl Orjuela Bueno), la Personería y la Contraloría” SINTRAEMPAL, habían sido despedidos por el municipio de Palmira.

Dichos trabajadores contaban con el fuero sindical, a lo que el municipio de Palmira hizo caso omiso. En primera instancia el tribunal de Buga concedió la demanda a los res trabajadores, incluyendo el reintegro a sus puestos de trabajo y el pago de lo que dejaron de devengar. Sin embargo el municipio de Palmira agoto todas las instancias, argumentando, entre otras cosas, que los sindicatos no eran legales. Al final la corte constitucional avalo el fallo en primera instancia del tribunal de Buga, argumentando falta de debido proceso y vulneración de los derechos fundamentales de los trabajadores.


Recuperado de: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/T-220-12.htm



Sentencia T-057/16

El señor Jimmy Alexander Salcedo Granados demando por despido injustificado a la empresa Ramo S.A., argumentando estabilidad laboral reforzada y ser miembro del sindicado de Ramo. Después de varios procesos, la corte constitucional indicó que si bien, el sindicato nunca tuvo razón jurídica, ni siguió los pasos necesarios para su establecimiento, debe asegurarsele al demandante la posibilidad de trabajar, por lo cual es necesario reintegrarlo al puesto de trabajo. Es rescatable mencionar que se especifican claramente los lineamientos que debe seguir el sindicato para su consolidación legal.


Recuperado de: http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2016/T-057-16.htm



Sentencia T-148/13 


Irlena Ivon Pernett Escalante solicito al juez la revocatoria de la sentencia dada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla, la cual revoco la sentencia proferida por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito Barranquilla, en la cual se solicitó el reintegro a la Contraloría de Barranquilla, quienes despidieron a la demandante de forma injustificada.

Recuperado de: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2013/T-148-13.htm





jueves, 4 de mayo de 2017

Elementos de protección personal

https://www.arlsura.com/index.php/component/content/article/75-centro-de-documentacion-anterior/equipos-de-proteccion-individual-/1194--sp-3393

lunes, 1 de mayo de 2017

Sindicato Colombiano de madres comunitarias



División política sindical en Colombia



Avanzan marchas en Colombia en conmemoración del Día del Trabajo


Con la presencia de más de 50 mil policías iniciaron en el país las manifestaciones convocadas por las centrales obreras, docentes y estudiantes en conmemoración al Día Internacional del Trabajo.
Miles de trabajadores salen a las calles con banderas, pancartas y otros símbolos, para exigirle al gobierno una serie de mejoras en temas como salud, salario mínimo y mesadas pensionales.
La Confederación General del Trabajo (CGT), la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC) y la Confederación Democrática de Pensionados (CDP), entre otras; son algunas de las agremiaciones de trabajadores que salen a marchar este primero de mayo.
Bajo la consigna “La paz no es solo el silencio de los fusiles”, profesores, transportadores, trabajadores del sector público, organizaciones campesinas, estudiantiles y políticas; marchan por las diferentes calles de Colombia, llamando la atención del Gobierno para que sean mejoradas las condiciones de los más de siete millones de trabajadores colombianos.
Combatir la tercerización y el empleo informal, replantear la política de pensión y seguridad social y exigir nuevas normas encaminadas a la flexibilización laboral, son algunas de las peticiones de los trabajadores que se concentran en las diferentes ciudades.
En Bogotá los sindicatos de trabajadores definieron el Planetario Distrital como punto de partida, ahí desde las nueve la mañana se concentran las diferentes organizaciones que marcharán por la carrera séptima hasta llegar sobre el mediodía a la Plaza de Bolívar.
Otros movimientos como Marcha Patriótica, Juventud Comunista (JUCO), y el Partido Comunista Colombiano (PCC), también invitan a marchar por el apoyo de los acuerdos de La Habana, la justicia ambiental y el reclamo a la intervención norteamericana tanto en los asuntos internos colombianos, como por sus actuaciones en Siria.

Primera conmemoración del día del trabajo en Colombia



https://www.youtube.com/watch?v=UKCFheWi2Dw


lunes, 24 de abril de 2017

Sindicatos Educadores En Latinoamerica

¿Hacia una nueva arquitectura sindical en América Latina?
Wachendorfer, A. (2007). ? Hacia una nueva arquitectura sindical en América Latina?. Nueva sociedad211, 32-49.

miércoles, 19 de abril de 2017

Accion de Tutela T-220/12 Fuero Sindical




Tomado de:

MENDOZA MARTELO GABRIEL EDUARDO  , GONZÁLEZ CUERVO MAURICIO, HENAO PÉREZ JUAN CARLOS . (2012). Sentencia T-220/12. 19 de Abril de 2017, de CORTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Sitio web: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/T-220-12.htm




lunes, 17 de abril de 2017

Deducción de cuotas sindicales


DEDUCCIÓN DE CUOTAS SINDICALES- OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR 

¿Que obligación tiene el empleador con relación a la retención de cuotas sindicales?
Es deducir y entregarlas a la organización sindical.

FINANCIAMIENTO SINDICAL:  Las organizaciones sindicales para garantizar su actividad requiere contar con elementos materiales,representados en bienes y recursos económicos que le permiten cumplir con los fines por el cual fueron creadas.

ATRIBUCIÓN DEL SINDICATO: La atribución es exclusivamente de la asamblea general de sindicato fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias,  las cuales deben cubrir los afiliados.

OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR:
1- DEDUCIR: Es obligación del empleador sin excepción deducir de los salarios la cuota sindical así:
A. SINDICALIZADOS: De los trabajadores afiliados a una o varias organizaciones sindicales.
B- NO SINDICALIZADOS: De los trabajadores o empleados no sindicalizados que deben pagar por beneficiarse de la Convención Colectiva de trabajo debiendo pagar al sindicato, durante su vigencia una suma igual a la cuota ordinaria con que atribuyen  los afiliados al sindicato.
C- EMPLEADOS PÚBLICOS: Que autoricen descontar voluntariamente y por escrito para al sindicato.

2. ENTREGAR: Poner a disposición dichas deducciones a favor:
DEL SINDICATO O SINDICATOS: Cuando el empleador se encuentre afiliado a uno o varios sindicatos.
ORGANIZACIONES DE SEGUNDO O TERCER GRADO: Deducir y retener las cuotas federales y confederales que el sindicato afiliado este obligado a pagar.


REQUISITO DE LA DEDUCCIÓN

DEDUCCIÓN CUOTAS ORDINARIAS: Basta que el secretario y el fiscal del sindicato comuniquen certificadamente al empleador el valor y la nomina de sus afiliados.

DEDUCCIÓN DE CUOTAS EXTRAORDINARIAS: Estas cuotas requieren copia autentica del acta de la asamblea sindical en que fueron aprobadas.

CESACIÓN DE LA DEDUCCIÓN DE LAS CUOTAS SINDICALES: Cesará la deducción de cuotas sindicales a  un trabajador a partir del momento en que el sindicato comunique por escrito al empleador el hecho de la renuncia o expulsión, quedando a salvo el derecho al sindicato en caso de información falsa del trabajador.

PAGO: Existe la obligación, de pagar simultáneamente con el resto del salario las cuotas sindicales retenidas.
"No es permitido al empleador retener las cuotas sindicales que ha descontado a los trabajadores de sus salarios, pues se trata de bienes ajenos."

ACCIÓN DE TUTELA: La tutela procede cuando el no pago de las cuotas sindicales afecte gravemente las finanzas del sindicato.


Bibliografia

DUQUE MOSQUERA, César Augusto. (2013) ''Deducción cuotas sindicales- obligación del empleador'' consultas laborales, Última actualización 2016, recuperado 17 de Abril 2017, disponible en: http://consultas laborales.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=378:deduccion-cuotas-sindicales-obligacion-del-empleador&catid=1:laboral&Itemid=86
 

martes, 11 de abril de 2017

UNAD vs ASPU-UNAD



Se expidió el 7 de Marzo el fallo definitivo de segunda instancia proferido por la magistrada ponente Dra. María Isabel Arango Secker, del honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, con respecto a la sentencia dictada dentro del proceso que disuelve, liquida y cancela el registro sindical de la subdirectiva de la Asociación Sindical de Profesores Universitarios “ASPU” de la seccional Universidad Nacional Abierta y a Distancia, también denominada como “ASPU-UNAD”.


Éste tribunal confirmó la sentencia proferida el pasado 24 de enero por el Juzgado Civil del Circuito de Funza, conforme a lo expuesto en el mismo con respecto a la ilegalidad de ASPU-UNAD por transgredir el Código Sustantivo del Trabajo. Por tal motivo, éste fallo reitera que la decisión del juez de primera instancia de ordenar la cancelación de la inscripción de la subdirectiva en el registro sindical de ASPU es válida y se atiene a lo expresado por los artículos 380 y 401 del Código Sustantivo del Trabajo.

Así las cosas, mediante el fallo con número de radicado 25286-31-03-001-2016-00924-01 quedó demostrada definitivamente la ilegalidad de dicha seccional sindical; mismos, que en años anteriores y en días previos han difundido información errónea y distorsionada sobre la UNAD y sus directivas ante instancias gubernamentales del ejecutivo, legislativo y judicial y en algunos medios de comunicación, afectando no sólo la reputación institucional, sino la de sus cerca de 70.000 estudiantes amén de sus docentes y funcionarios en todo el territorio nacional.

Fuente: https://noticias.unad.edu.co/index.php/2-unad-noticias/1729-noticia



Acción de tutela interpuesta por el presidente de la Subdirectiva Bolívar del Sindicato de Trabajadores de la Electricidad de Colombia SINTRAELECOL y otros contra la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P, ELECTRICARIBE S.A. E.S.P..

En resumen la acción de tutela en varias instancias lo que buscaba era un incremento salarial a los empleados vinculados con el sindicato, puesto que en el años 2011 hubo un incremento a los empleados no sindicalizados. Después de varias instancias la corte constitucional resuelve que Electricaribe debe abstenerse de incurrir en cualquier acto discriminatorio contra los empleados. De la misma manera ordena que se entreguen los mismo beneficios a los trabajadores sindicalizados, mediante la modificación en el contrato de trabajo.



Recuperado de: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2013/T-619-13.htm

jueves, 30 de marzo de 2017

Ventajas y desventajas del sindicato

Lo que se debe tener en cuenta : las personas que se afilien a un sindicato deben tener capacidad de negociación para mantener un diálogo entre ambas partes para llegar a un consenso.

Ventajas 
  • Protección por entidades  como la Procuradora, la Fiscalía. Ademas que tiene un fuero sindical, es decir cuenta con una protección especial que evita que su empleador lo pueda despedir sin autorización.
  • Los permisos: de acuerdo con los Artículos 57, 59 del CST, la empresa está en obligación de dar los permisos necesarios para que el afiliado del sindicato pueda cumplir con actividades o funciones  que tengan.
  • Apoyo legal por parte de la presidencia del sindicato.
  • Mejores salarios y prestaciones.

Desventajas 
  • Es un doble trabajo porque usted debe cumplir con sus actividades como funcionario de la empresa y con los compromisos que haya asumido con la asociación.
  • Como miembro es posible que le hagan un descuento del 1% de su salario.
  • Tiene que enfrentarse a temas polémicos como las nóminas paralelas, que tiene que ver con la congelación de la vinculación directa con el Estado, mientras aumentan los contratos de prestación de servicios.

Conflictos del sindicato

Los conflictos y las vías para resolverlos son dos cosas diferentes, los primeros corresponden a un fenómeno social; los segundos constituyen una pluralidad de actos procesales, estos son meramente jurídicos, mientras que los conflictos pueden ser jurídicos,económicos e inclusive técnicos.


http://www.finanzaspersonales.com.co/trabajo-y-educacion/articulo/sindicato-ventajas-y-desventajas-de-pertencer-a-un-sindicato/69377









miércoles, 29 de marzo de 2017

Convenios y convenciones colectivas



  Figura 1. Convenios y Convenciones, adaptado de PABON APICELLA  JORGE LUIS , Sentencia No. C-009/94, (1994).

Seguridad Social y SGRL